Principales causas y consecuencias de la Administración
Provincial:
1.-
La Corporación Provincial procede de nombramientos que los propios concejales DE
TODOS LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA realizan, art. 205 de la LOGE. Es decir,
que en la composición de aquélla tiene decisiva influencia los municipios
superiores a 20.000 hh. Para que nos entendamos, el presupuesto provincial lo
gestionan aquellos municipios grandes cuyos servicios ya están suficientemente financiados
por el régimen general de la ley 7/1985.
2.-
La gestión del presupuesto provincial agota un tercio del mismo, privando de estos
recursos a los pequeños municipios:
a.-
Los municipios superiores a 10.000 hh obtienen transferencias procedentes de la
ejecución del presupuesto provincial como determinadas e importantes obras.
b.
Sitúan en puestos de relevancia dentro de las Diputaciones a su personal de
confianza, fundamentalmente aquellos que no han obtenido un puesto retribuido,
por dos vías: personal eventual y personal situados en la gestión
administrativas de los grupos políticos con representación en el Pleno
Provincial, que no está cuantificada y que aprueba cada Pleno, art. 73.3 de la
ley 7/1985, LBRL.
c. Organización
administrativa dotada de personal y medios como coches oficiales para cada
miembro de la Junta de Gobierno, para que los lleve y los traiga de su
domicilio al puesto de trabajo, a los que hay que sumar otros tantos coches
oficiales para traer a los Diputados a las sesiones del Pleno.
Por
esta razón, los municipios pequeños, al menos de 10.000 hh para abajo, carecen
de financiación y de servicios que les iguales a los grandes, produciéndose una
ruptura del principio de igualdad en el disfrute de los servicios públicos.
AQUÍ RADICA EL PRIMER DESAPEGO A LAS DIPUTACIONES, sin olvidar la plantilla de
las Diputaciones, en muchos casos desproporcionada y poco cualificada(en su mayor parte, es
personal administrativo).
Por
Tanto, la reforma de las Diputaciones, no su supresión-entre otras cosas-porque
es imposible (no puede suprimirse los municipios pequeños, a los que hay que
darles servicios para igualarlos a los demás, pues también pagan impuestos), exige
reformar el sistema electoral, y pasa por agrupar a los municipios que exigen
estos servicios, y nada más, dejando fuera al resto de municipios ajenos, así
como la prestación de servicios de interés provincial, como las carreteras, que
deben pasar a la respectiva Comunidad Autónoma.
Un
consejo de Alcaldes, está claro que de toda la Provincia, repetiría el mismo
sistema anterior-en donde tienen enormes influencias los grandes municipios en
la composición de la Corporación-y no resolvería el problema, y en todo caso
repetiría la misma estructura administrativa. ES DECIR, REFORMA PARA QUE TODO
SIGA IGUAL.