lunes, 29 de febrero de 2016

Las Diputaciones y el Pacto PSOE Y Cs


 

Principales causas y consecuencias de la Administración Provincial:

1.- La Corporación Provincial procede de nombramientos que los propios concejales DE TODOS LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA realizan, art. 205 de la LOGE. Es decir, que en la composición de aquélla tiene decisiva influencia los municipios superiores a 20.000 hh. Para que nos entendamos, el presupuesto provincial lo gestionan aquellos municipios grandes cuyos servicios ya están suficientemente financiados por el régimen general de la ley 7/1985.

2.- La gestión del presupuesto provincial agota un tercio del mismo, privando de estos recursos a los pequeños municipios:

a.- Los municipios superiores a 10.000 hh obtienen transferencias procedentes de la ejecución del presupuesto provincial como determinadas e importantes obras.

b. Sitúan en puestos de relevancia dentro de las Diputaciones a su personal de confianza, fundamentalmente aquellos que no han obtenido un puesto retribuido, por dos vías: personal eventual y personal situados en la gestión administrativas de los grupos políticos con representación en el Pleno Provincial, que no está cuantificada y que aprueba cada Pleno, art. 73.3 de la ley 7/1985, LBRL.

c. Organización administrativa dotada de personal y medios como coches oficiales para cada miembro de la Junta de Gobierno, para que los lleve y los traiga de su domicilio al puesto de trabajo, a los que hay que sumar otros tantos coches oficiales para traer a los Diputados a las sesiones del Pleno.

Por esta razón, los municipios pequeños, al menos de 10.000 hh para abajo, carecen de financiación y de servicios que les iguales a los grandes, produciéndose una ruptura del principio de igualdad en el disfrute de los servicios públicos. AQUÍ RADICA EL PRIMER DESAPEGO A LAS DIPUTACIONES, sin olvidar la plantilla de las Diputaciones, en muchos casos desproporcionada  y poco cualificada(en su mayor parte, es personal administrativo). 

Por Tanto, la reforma de las Diputaciones, no su supresión-entre otras cosas-porque es imposible (no puede suprimirse los municipios pequeños, a los que hay que darles servicios para igualarlos a los demás, pues también pagan impuestos), exige reformar el sistema electoral, y pasa por agrupar a los municipios que exigen estos servicios, y nada más, dejando fuera al resto de municipios ajenos, así como la prestación de servicios de interés provincial, como las carreteras, que deben pasar a la respectiva Comunidad Autónoma.

Un consejo de Alcaldes, está claro que de toda la Provincia, repetiría el mismo sistema anterior-en donde tienen enormes influencias los grandes municipios en la composición de la Corporación-y no resolvería el problema, y en todo caso repetiría la misma estructura administrativa. ES DECIR, REFORMA PARA QUE TODO SIGA IGUAL.